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Reglamentos CEIN
Constitución y Denominación del Organismo.
Art. 1 - Este organismo conforme a la voluntad
de sus fundadores se denominará Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial de la
Universidad Iberoamericana (CEIN-UNIBE).
Art. 2- El Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial de la Universidad Iberoamericana es
una organización conformada por todos los
estudiantes de Ingeniería Industrial de la
Universidad Iberoamericana (UNIBE) .
Visión del Comité
Art. 3- Convertir nuestro Centro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial en un sitial
preferencial dentro de todos los demás comités a
nivel nacional y latinoamericano, en materia de
innovación, enfoque global e impacto social en
el país.
Misión del Comité
Art. 4- Contribuir conjuntamente con el programa
curricular de nuestra universidad en la
formación de ingenieros con el liderazgo, ética
y responsabilidad profesional que demanda
nuestra sociedad actual, además de lograr
objetivos educacionales en el área de la ciencia,
conciencia y experiencia académica, a través de
la calidad de nuestros egresados.
Art 5- Valores: Vocación de servicio, liderazgo,
creatividad, excelencia académica, trabajo en
equipo y mejoramiento contínuo.
Objetivos del Comité
Art. 6 – El CEIN-UNIBE se propone como objetivos:
Ser canal de comunicación entre los estudiantes,
profesores y facultad de la escuela de
Ingeniería Industrial.
Contribuir con la excelencia académica de
nuestros estudiantes con la preparación de
ferias científicas, actividades de investigación
y desarrollo (I&D), congresos de Ingeniería
Industrial y visitas a empresas de manufactura y
servicios.
Promocionar la carrera en los colegios y
diferentes sectores pertinentes de la sociedad.
Servir a la comunidad con nuestros estudiantes
en jornadas de servicios dentro de las áreas de
la educación, medioambiente y salud
Otros objetivos que colaboren con nuestros
estudiantes, universidad y comunidad donde
vivimos.
De los Miembros del CEIN-UNIBE
Art. 7 – El comité se compondrá de las
siguientes clases de miembros:
Miembros Activos.
Junta de Asesores.
Art. 8 – Serán miembros activos todos aquellos
estudiantes de la carrera de Ingeniería
Industrial en UNIBE que conformen la Junta
Directiva del CEIN-UNIBE.
Art. 9 - La junta de asesores está compuesta por
todos los que fueron miembros de la Junta
Directiva del CEIN-UNIBE o de otro comité.
Derechos y Deberes de los Miembros del
CEIN-UNIBE
Art. 10 – Los miembros activos serán los únicos
que podrán constituir la asamblea general y
asistir con voz a sus sesiones; tienen derecho a
elegir y ser elegidos miembros de la Junta
Directiva, exigir el cumplimiento de estos
reglamentos y ejercer todos los derechos y
deberes que los miembros tienen como integrantes
de la Junta Directiva del CEIN-UNIBE.
Art. 11 - Los miembros de la Junta de Asesores
tienen derecho a auditar a la directiva gestora
y el deber de apoyarle en todo momento.
Art. 12 - Todo miembro de la Directiva tiene
derecho a participar en cada una de las
actividades coordinadas por la misma, a menos
que haya limitaciones de cupo.
Art. 13 – Los miembros del CEIN-UNIBE tendrán
privilegio en todas las actividades del mismo.
Dicha preferencia seguirá el orden siguiente:
Primero, miembros activos; Segundo, miembros de
la Junta de Asesores; Tercero, estudiantes de
UNIBE; y por ultimo, personas en general. Quedan
fuera de esta limitación autoridades y
profesores de la universidad.
Art . 14 - Los miembros activos y de la junta de
asesores tienen derecho de expresar sus ideas,
presentar proyectos, sugerir actividades y a
colaborar en la organización y realización de
las mismas, bajo el orden establecido por la
Directiva.
Art . 15 - Es deber de todo miembro activo,
asistir a las reuniones y asambleas generales;
contribuir, por todos los medios a su alcance,
al desarrollo y prestigio del CEIN-UNIBE.
Perdida de Condición de Miembro de la Junta
Directiva del CEIN-UNIBE
Art. 16 - Se perderá la condición de miembro:
Por un total de 3 inasistencias en un
cuatrimestre a las reuniones del comité
Por un total de 2 faltas en sus obligaciones o
tareas en un cuatrimestre.
Por causa de infracción de estos reglamentos, o
de las resoluciones de la Junta Directiva. Esto
comprende todo acto que tienda a desprestigiar
la moral y el buen desenvolvimiento del
CEIN-UNIBE.
Por separación de la universidad debido a
expulsión o abandono.
Por cambiarse de carrera.
Junta Directiva
Art. 17 - El Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial será regido por la Junta Directiva y
esta se compondrá de los siguientes miembros:
Presidente.
Vicepresidente.
Tesorero.
Secretario.
Director de Gestión Académica.
Director de Logística y Actividades.
Director de Relaciones Públicas.
Tres Sub-Directores.
Sub-Secretario.
Cinco Encargados de Área.
Colaboradores, los cuales no serán miembros de
la Junta Directiva.
(* en un futuro)
Art. 18 - La junta directiva durará un año en
sus funciones, pudiendo ser los individuos que
la componen reelectos, en su totalidad o parcial,
para un nuevo periodo. Estas elecciones se harán
de manera democrática y participativa con todos
los estudiantes matriculados de la carrera y
bajo jueces que supervisarán todo el proceso. Se
deberán realizar planchas con las personas que
conformarán la futura directiva, en donde la que
obtenga la mayor cantidad de votos será la
ganadora.
Art. 19 – La elección como miembro activo de la
Junta Directiva del CEIN-UNIBE es un compromiso
de responsabilidad, en el que el estudiante debe
ofrecer su apoyo y dedicación incondicional para
el logro de los objetivos comunes, participando
en las actividades y equipos de trabajo, y
asistiendo a las reuniones.
Orden de las Sesiones de la Junta Directiva
Art. 20 La Junta Directiva celebrará sesión el
día que acuerdo a lo establecido al iniciar el
mandato la nueva Directiva. Dicha reunión se
efectuará semanalmente y extraordinariamente,
cuando la Directiva o el Presidente lo estime
oportuno, o cuando lo soliciten del Presidente,
indicando los motivos.
Art. 21 – Las reuniones extraordinarias de la
Junta Directiva deberán ser avisadas por lo
menos con dos días de anticipación, por parte
del Secretario.
Art. 22 - Toda reunión deberá guiarse de las
siguientes reglas básicas:
1. Usar agenda. Preferiblemente que haya sido
redactada en la reunión anterior. Las agendas
deben contener la siguiente información:
Los puntos de la agenda.
Las personas que van a presentar los puntos.
El tipo de punto y si este requiere discusión o
una decisión, o si es tan solo anuncio.
Señalar los puntos que hayan surgido durante la
reunión.
Esta agenda será digitada por el Secretario, o
un delegado del mismo, y firmada y aprobada en
la próxima reunión por el Presidente y demás
miembros digitados en el formato (ver anexos).
2. Tener un moderador (Presidente). Las
responsabilidades más importantes del moderador
son:
Mantener la discusión enfocada en el punto y en
movimiento.
Intervenir si la discusión se fragmenta en
conversaciones múltiples o innecesarias.
Con mucho tacto, impedir que alguien sea
dominante o pase desapercibido.
Concluir las discusiones.
Conceder la palabra a cualquier miembro de la
Directiva, en el orden que considere.
3. Tomar minutas. Cada reunión debe contar con
una persona (Secretario) que tome nota de los
temas principales, los puntos clave que se
trataron, las decisiones tomadas y los puntos a
tratar en la próxima reunión.
4. Redactar la próxima agenda.
5. Evaluar la reunión.
Art. 23 - L a lluvia de ideas debe realizarse
para llegar a un consenso del equipo en torno a
una decisión que reviste importancia. Para ello
es importante la opinión de todos los miembros
activos.
Art. 24 – Si el asunto reviste gran interés o
cuando se trate de la elección de funcionarios o
de cuestiones personales que afectan el honor o
delicadeza de algún miembro, se declara la
votación como extraordinaria. En caso de
igualdad de votos, el Presidente tomará la
decisión junto con el Director de la Escuela de
Ingeniería Industrial de UNIBE.
Art. 25 – Las sesiones podrán contar con la
presencia de invitados (estudiantes de la
carrera en UNIBE) que se considere que puedan
aportar ideas, en la discusión de los temas a
tratar. Los mismos tendrán derecho a voz mas no
a voto.
Atribuciones de la Junta Directiva
Art. 26 – Serán deberes de la junta directiva:
Dirigir el Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial.
Velar por el cumplimiento de sus objetivos,
misión y visión.
Aprobar los contratos que este haya de celebrar.
Cuidar de la conservación y custodia de todos lo
bienes materiales del CEIN-UNIBE, procedimiento
a su reparación cuando sea necesario, y teniendo
siempre un inventario de todos ellos, pudiendo
vender los antiguos inservibles.
Expedir un marbete a cada miembro activo y
utilizarlo en las actividades realizadas por la
Directiva. Este contendrá el nombre, matrícula y
cargo ocupado por la persona dentro de la Junta
Directiva del CEIN-UNIBE (ver anexos).
Corregir todas las infracciones reglamentarias,
atender las quejas de los miembros y adoptar las
resoluciones que reclame el buen nombre y
prestigio del CEIN-UNIBE.
Acordar la suspensión de alguno(s) o todos los
derechos, por el tiempo que se estime pertinente,
de cualquier miembro de la Junta Directiva
culpable de incorrección notaria o indisciplina,
dentro de cualquier actividad universitaria.
Obtener los fondos necesarios para la
manutención del CEIN-UNIBE mediante la
realización de actividades diversas o donaciones,
procurando siempre beneficiar al mismo.
Disponer que se lleve al día, la contabilidad de
ingresos y gastos.
Mantener una actitud activa, enfocando y
procurando siempre la satisfacción de las
necesidades reales de todos los miembros del
CEIN-UNIBE.
En caso de surgir un inconveniente no tratado en
este reglamento, la actual Junta Directiva lo
resolverá de acuerdo a sus criterios.
Es un deber de la Directiva del CEIN-UNIBE
proporcionarle a todo miembro activo interesado,
una copia de estos reglamentos.
Presidencia
Art. 27 – La presidencia de la Junta Directiva
será ejercida por el Presidente. Es el
representante legal del CEIN-UNIBE, pudiendo
realizar toda clase de gestiones y propuestas.
En casos urgentes e imprevistos, tomará las
decisiones que estime convenientes en conjunto
con el Vicepresidente.
Art. 28 – Son atribuciones del Presidente:
Autorizar las convocatorias para las asambleas
generales, como también para las sesiones de la
Junta Directiva tanto ordinaria como
extraordinaria asistido por el Secretario.
Predecir dichas sesiones dirigiendo las
discusiones y haciendo que se observe en ellas
el orden debido y estipulado.
Aprobar o no todo documento que expedido por
cualquier miembro activo.
Firmar las correspondencias y comunicaciones que
se dirigían en nombre del CEIN-UNIBE.
Ejecutar y llevar a la práctica los acuerdos de
la Junta Directiva, tanto internos como externos.
Velar y garantizar el buen cumplimiento de las
funciones del CEIN-UNIBE.
Delegar responsabilidades sobre algún miembro
activo.
Conciliar encuentros con los miembros activos de
otras Juntas Directivas; ya sea, de UNIBE como
de otra institución.
Responsabilizarse de todos los pormenores,
durante el proceso de alguna actividad realizada
por el CEIN-UNIBE.
Art. 29 - El Presidente podrá delegar sus
funciones por causas justificadas en el
Vicepresidente y será sustituido por este en
todas sus prerrogativas y obligaciones en caso
da ausencia o enfermedad.
Art. 30 – El Presidente es el encargado de que
los proyectos y las actividades del CEIN-UNIBE
sean realizadas así como de preservar su imagen.
Vicepresidencia
Art. 31 – La vicepresidencia estará a cargo del
Vicepresidente. Será el asistente legal del
Presidente y su suplente cuando lo sea
justificado por el mismo.
Art. 32 - Los deberes del Vicepresidente son los
siguientes:
Asistir a todas las reuniones de la Junta
Directiva, redactar sus actas y cuantos
documentos hayan de expedirse en nombre del
CEIN-UNIBE, firmar estos en unión del Presidente
y comunicar todos los acuerdos que se tomen en
las reuniones.
Firmar las correspondencias del Secretario y aun
de la presidencia cuando le sea delegado.
Dar cuenta al Presidente, de la ejecución de
alguna actividad realizada por el CEIN-UNIBE.
Supervisar el cumplimiento de las obligaciones
de los miembros activos.
Procurar el cumplimiento de los acuerdos
internos y externos de la Junta Directiva.
Velar por la legalidad de todas las acciones y
resoluciones de la Junta Directiva y de todos
los miembros del CEIN-UNIBE.
Mantener una actitud activa con respecto a los
miembros de otras Juntas Directivas.
Art. 33 – El Vicepresidente tiene todo el
derecho de participar en la consecución de
cualquier actividad o proyecto.
Tesorería
Art. 34 – Tesorería estará conformada por el
Tesorero y un Encargado de Área. Serán
responsables de las actividades financieras del
CEIN-UNIBE.
Art. 35 – El Tesorero es el responsable de la
contabilidad y el buen manejo de todos los
bienes y recursos económicos del comité.
Art. 36 – Es responsabilidad del Tesorero:
Cobrar toda deuda y recibir todos los ingresos
del CEIN-UNIBE; cuando consistan en efectivo,
serán depositados sin demora en la cuenta
bancaria del CEIN-UNIBE.
Llevar la contabilidad de manera clara y precisa
todos los ingresos y egresos que tenga el
CEIN-UNIBE.
Dar cuenta de todo ingreso o gasto al Presidente
y a la Junta Directiva.
Pagar todos los gastos que sean autorizados por
la Junta Directiva.
Rendir cuentas mensualmente, mostrando el estado
de cuenta y la relación de los ingresos y
egresos (balance) a la Junta Directiva.
Cuidar del archivo y todos los documentos
correspondientes a su área no debiendo autorizar
su salida sino por orden de la Junta Directiva o
el Presidente, conservando siempre una copia.
Firmar los cheques o cualquier documento
financiero del CEIN-UNIBE mancomunadamente con
el Presidente.
Manejar la caja chica del CEIN-UNIBE.
Art. 37 – El Encargado del Área de Tesorería,
será el asistente del Tesorero. En él cargarán
responsabilidades de poca magnitud como el
cálculo de la productividad cuatrimestral del
CEIN-UNIBE, como también la digitación del
balance financiero y otros.
Secretariado
Art. 38 - Esta área estará constituida por el
Secretario y el Sub-Secretario. Serán los
encargados de la manipulación de todos los
documentos y del archivo del CEIN-UNIBE.
Art. 39 - Corresponde al Secretario:
Llevar la agenda de trabajo de la Junta
Directiva y del Presidente.
Redactar documentos expedidos en las reuniones.
Redactar las minutas y comunicar a todos los
miembros los resultados de las reuniones de la
Junta Directiva.
Redactar y comunicar informaciones de
importancia a todos los miembros del CEIN-UNIBE.
Mantener informado a todos los estudiantes de la
Escuela de las actividades, logros y convenios
obtenidos por parte de la Junta Directiva.
Llamar a los integrantes de la Junta Directiva a
las reuniones extraordinarias.
Art. 40 – El Secretario puede delegar funciones
de poco nivel al Sub-Secretario, como la
digitación de documentos, hacer recordatorios de
reuniones, llevar mensajes a algún miembro
activo y otros. El Sub-Secretario estará
presente para facilitarle la digitación de
documentos expedidos por la Junta Directiva.
Logística y Actividades
Art. 41 – El Director de Logística y Patrocinio
en conjunto con un Sub-Director y dos Encargados
de Área serán responsables de la realización y
el buen desempeño de todas las actividades
realizadas por el CEIN-UNIBE.
Art. 42 - Corresponde al Director de Logística y
Patrocinio:
Organizar charlas, visitas técnicas, ferias de
libros, actividades científicas y proyectos de
investigación y desarrollo (I&D).
Promocionar actividades y eventos para la
recolección de fondos con patrocinadores.
Contactar e informar a los miembros acerca del
desarrollo de las actividades.
Mantener actualizado el website de la Escuela en
conjunto con el Coordinador de la Página de
Internet de UNIBE en el Área de Ingeniería.
Organizar eventos que promuevan a la Escuela y
al CEIN-UNIBE.
Presentar proyectos y preparar el presupuesto de
los mismos.
Mantener relación activa con el ende organizador
de actividades promocionales de la universidad.
Art. 43 – El Sub-Director, será el asistente del
Director de esta área. Teniendo como
responsabilidad el seguimiento continuo del
desarrollo de las actividades del CEIN-UNIBE y
en el cálculo de presupuesto de los eventos.
Art. 44 – Los Encargados de Área son
responsables de promocionar los eventos, deben
involucrarse en la ejecución de las actividades.
También servirán de ayuda en todo tipo de
obligaciones de esta área incluso en la
actualización del website.
Gestión Académica
Art. 45 – Esta área estará a cargo del Director
de Gestión Académica, un Sub-Director y un
Encargado de Área. Ellos velarán por el
desenvolvimiento intelectual y académico de
todos los estudiantes de la Escuela siendo
mediadores entre el estudiante y el profesor.
Art. 46 – El Director de Gestión Académica será
responsable de:
Velar por el cumplimiento de los reglamentos de
la universidad por parte de los estudiantes.
Promover la participación en proyectos de
investigación al estudiantado.
Servir de mediador cuando surja un inconveniente
entre un alumno y un profesor.
Incentivar al estudiantado a mejorar su nivel
académico.
Realizar convenios donde la Escuela apruebe la
activación de horas de tutorías por parte de un
profesor de la carrera.
Art. 47 – El Sub-Director de Gestión Académica
será el asistente técnico del Director de esta
área y le servirá de apoyo en la organización y
el seguimiento del desarrollo académico de los
estudiantes de la Escuela, al igual que sus
trabajos de investigación.
Art . 48 – El Encargado de Área ayudará al
Sub-Director en la digitación de la información
que maneje esta área.
Relaciones Públicas
Art. 49 - Esta área está constituida por el
Director de Relaciones Públicas, un Sub-Director
y dos Encargados de Área. Son los responsables
de mantener la buena imagen del CEIN-UNIBE
dentro y fuera de la universidad.
Art. 50 – Las respectivas responsabilidades del
Director son:
Relacionarse con los responsables de patrocinar
la universidad.
Asistir a los medios de comunicación para
promover las actividades del CEIN-UNIBE.
Mantener un continuo contacto con los miembros
de otras Juntas Directivas.
Ser voz activa en las presentaciones realizadas
por el CEIN-UNIBE.
Organizar visitas a las distintas Instituciones
de Educación Media para promover la carrera de
Ingeniería Industrial ofertada por UNIBE.
Mantener informado al estudiantado sobre las
actividades nacionales e internacionales que se
efectúan en relación a la carrera (congresos,
charlas, etc).
Servir de mediador, empresa-universidad, al
momento de realizar visitas técnicas por parte
de los alumnos.
Enlazar a la universidad con instituciones y
entidades académicas extranjeras y nacionales.
Art. 51 – El Sub-Director será de gran utilidad,
ya que ayudará al Director en la organización y
determinación de cuales instituciones visitar y
a quien contactar. Al igual que al realizar
vivitas técnicas.
Art. 52 – El Encargado de Área ayudará en la
ubicación de la empresa o institución a visitar,
como también de la persona a quien constatar en
la visita.
Disposiciones Generales
Art. 53 – La estructura de la Junta Directiva en
cuanto a su organización y número de miembros
podrá ser modificada temporalmente por la
Directiva vigente si las circunstancias así lo
ameritan. Si se considera que estos cambios
deben ser de orden permanente, se tendrán que
modificar los reglamentos mediante la Junta
Directiva, siempre y cuando se informe las
causas a todos los miembros del CEIN-UNIBE.
Art. 54 – Los presentes reglamentos derogan los
anteriores y toda otra disposición o resolución
que le sea contraria.
Art. 55 – No podrá ser electo miembro del
CEIN-UNIBE, aquel que por alguna falta haya sido
expulsado de la Junta Directiva anterior.
Art. 56 – La elección de los próximos
integrantes del CEII-UNIBE (por medio del
sufragio), se realizará en septiembre. A
principio de noviembre la directiva actual,
evaluará los cargos a ejercer por los miembros
electos.
Art. 57 - Los integrantes de la próxima Junta
Directiva del CEIN-UNIBE deberán tener un
promedio mayor o igual a 2.5 puntos. Porque se
entiende que el estudiante que se encuentre por
debajo del mismo, necesita dedicarle mas tiempo
y empeño a sus obligaciones como estudiante.
Santo Domingo, República Dominicana. 21 de enero
del 2004.
OBSERVACIONES:
1. Trimestralmente se realizarán invitaciones
con algunos estudiantes de la carrera, con el
objetivo de informarles como se llevan a cabo
las actividades del Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial de la Universidad
Iberoamericana.
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